domingo, 22 de enero de 2017

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La declaración de los derechos humanos se compone de 30 artículos.
  1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales.
  2. Todas las personas tienen los derechos proclamados en esta carta.
  3. Todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad.
  4. Nadie será sometido a esclavitud ni a servidumbre.
  5. Nadie será sometido a penas, torturas ni tratos crueles o inhumanos.
  6. Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
  7. Todos tienen derecho a la protección contra la discriminación.
  8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales.
  9. Nadie podrá ser detenido, desterrado ni preso arbitrariamente.
  10. Toda persona tiene derecho a un tribunal independiente e imparcial.
  11. Toda persona tiene derecho a la presunción de inocencia y a penas justas.
  12. Toda persona tiene derecho a la privacidad, la honra y la reputación.
  13. Toda persona tiene derecho a la libre circulación y a elegir libremente su residencia.
  14. Toda persona tiene derecho al asilo en cualquier país.
  15. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad y a cambiar de nacionalidad.
  16. Todos los individuos tienen derecho a un matrimonio libre y a la protección de la familia.
  17. Toda persona tiene derecho a la propiedad individual o colectiva.
  18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
  19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
  20. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación.
  21. Toda persona tiene derecho a participar, directa o indirectamente, en el gobierno de su país.
  22. Toda persona tiene derecho a la seguridad social.
  23. Toda persona tiene derecho al trabajo y la protección contra el desempleo.
  24. Toda persona tiene derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre.
  25. Toda persona tiene derecho al bienestar: alimentación, vivienda, asistencia médica, vestido y otros servicios sociales básicos.
  26. Toda persona tiene derecho a la educación y al libre desarrollo de la personalidad.
  27. Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de su comunidad.
  28. Toda persona tiene derecho a un orden social que garantice los derechos de esta carta.
  29. Toda persona tiene deberes con respecto a su comunidad.
  30. Nada de esta carta podrá usarse para suprimir cualquiera de los derechos.
Que se articulan de la siguiente manera :
  • Artículos 1 y 2:
Hablan sobre el alcance de los derechos recogidos en la carta, así como de sus beneficiarios. Es una forma de introducir el tema a los lectores y sirven como base para lo que se desglosará en los siguientes apartados.
  • Artículos 3 al 11:
Constituyen los derechos relacionados con la persona, la libertad, la presunción de inocencia y el libre desarrollo de su personalidad.
  • Artículos 12 al 17:
Son los derechos del individuo en relación con su comunidad, que por lo general tienen aplicación en su país o lugar de residencia.
  • Artículos 18 al 21:
Estos artículos recogen derechos relacionados con la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y de libertad política.
  • Artículos 22 al 17:
Esta categoría engloba los derechos económicos, sociales y culturales de todas las personas para su bienestar.
  • Artículos 28 al 30:
Por último, este apartado recoge las condiciones y los límites de los derechos enunciados en esta carta. Es decir, trata de los deberes que deben asumir las personas en relación con su contexto y su comunidad.